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- Revisión de los informes de detenciones policiales
- Investigar para determinar el propietario del inmueble
- Envío de una carta certificada al propietario notificándole la presencia de drogas en el local
- La carta explica el M.G.L .Ch. 139 § 19 & §20. El propietario tiene derecho a solicitar el desalojo del inquilino y su incumplimiento puede ser objeto de enjuiciamiento penal.
- También se facilita a los propietarios una persona de contacto del departamento de policía que estará disponible para presentar pruebas ante el tribunal.
- En caso de reincidencia, se enviará una segunda carta certificada al propietario.
- Si el propietario no toma ninguna medida después de la detención repetida por consumo de drogas, dará lugar a la presentación de una denuncia penal. Según M.G.L. Ch. 139 § 20